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Ley Vigente

Artículo 1. Objeto.

Artículo 1 de la Ley 5/2013, de 20 de junio, de calidad de los Servicios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2013-8015

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-07-04.

Texto consolidado

1. El objeto de la presente ley es definir el marco general de la calidad en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón mediante el establecimiento de un conjunto de medidas destinadas a evaluar tanto las políticas públicas que diseñe y realice como la calidad de los servicios que preste a los ciudadanos en el ámbito de sus competencias.

2. El marco general de la calidad en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón está integrado por un conjunto de programas para mejorar la calidad de los servicios públicos, proporcionar a los poderes públicos información consolidada para la toma de decisiones al respecto y fomentar la transparencia mediante la información y difusión pública del nivel de calidad ofrecido a los ciudadanos.

3. La ejecución de las medidas de calidad previstas en la presente ley estará regida en todo momento por la transparencia y el derecho de la ciudadanía a acceder a la información que obre en poder de las entidades a las que sea de aplicación la misma y a participar activamente en la toma de decisiones sobre asuntos que incidan directa o indirectamente en el interés público.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-07-04.

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