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Ley Vigente

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

Artículo 1 de la Ley 4/2011, de 7 de marzo, de educación de Extremadura. · BOE-A-2011-5297

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-09-09.

Texto consolidado

1. La presente Ley tiene por objeto regular el modelo educativo extremeño, en ejercicio de las competencias asumidas en el Estatuto de Autonomía de Extremadura y en desarrollo de las normas básicas aprobadas por el Estado, para alcanzar una educación de calidad fundada en la equidad, en la igualdad de oportunidades y en la participación social, en el marco del sistema educativo español.

2. La Ley establece los principios y los objetivos del modelo educativo extremeño, reconoce los derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa y el valor de la función pública docente, organiza las enseñanzas y la Administración educativa, así como la autonomía de los centros y las evaluaciones del sistema.

3. El ámbito de aplicación de la Ley abarca toda la educación con excepción de las enseñanzas universitarias.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-09-09.

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