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Ley Vigente

Artículo 1. De los créditos iniciales del Sector Público Estatal.

Artículo 1 de la Ley 21/1986, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1987. · BOE-A-1986-33382

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-01-13.

Texto consolidado

Uno. Por la presente Ley se aprueban los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 1987 integrados por:

a) El Presupuesto del Estado.

b) Los Presupuestos de los Organismos Autónomos del Estado de carácter administrativo.

c) Los Presupuestos de los Organismos Autónomos del Estado de carácter comercial, industrial, financiero o análogo.

d) El Presupuesto de la Seguridad Social.

e) El Presupuesto del Ente Público Radio Televisión Española y los de las Sociedades estatales para la gestión de los servicios públicos de radiodifusión y televisión.

f) El Presupuesto del Consejo de Seguridad Nuclear.

g) El Presupuesto del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional.

h) El Presupuesto del Instituto Nacional de Fomento de la Exportación.

i) Los Presupuestos de las Sociedades estatales que perciben subvenciones de explotación y capital con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

Dos. Los créditos incluidos en los Capítulos I a IX de los estados de gastos de los Presupuestos del Estado, de sus Organismos Autónomos y de la Seguridad Social financiarán los programas de gastos que se incluyen en los referidos estados para la consecución de sus objetivos. Su importe consolidado asciende a 13.399.657.518.000 pesetas, agrupándose los créditos en atención a la índole de la función a realizar y por cuantías expresadas en pesetas, del siguiente modo:

Alta Dirección del Estado y del Gobierno

15.839.118.000

Administración General

27.435.423.000

Relaciones Exteriores

50.031.499.000

Justicia

98.090.866.000

Defensa

679.732.187.000

Seguridad y Protección Civil

307.366.204.000

Seguridad Social y Protección Social

4.723.657.787.000

Promoción Social

230.057.625.000

Sanidad

1.185.422.125.000

Educación

539.706.291.000

Vivienda

71.641.118.000

Bienestar Comunitario

16.698.694.000

Cultura

54.333.973.000

Otros Servicios Comunitarios y Sociales

27.991.691.000

Infraestructuras Básicas y del Transporte

529.282.793.000

Comunicaciones

111.225.217.000

Infraestructura

82.629.659.000

Investigación Científica, Técnica y Aplicada

100.268.972.000

Información Estadística Básica

19.669.255.000

Actuaciones Económicas Generales

23.176.405.000

Comercio

21.287.459.000

Actividad Financiera

1.190.351.506.000

Agricultura, Ganadería y Pesca

397.764.614.000

Industria

186.935.675.000

Energía

26.334.477.000

Minería

35.304.802.000

Turismo

17.522.356.000

Reconversión Industrial y Reindustrialización

179.170.211.000

Desarrollo Empresarial

35.455.873.000

Transferencias a Administraciones Públicas Territoriales

1.329.686.931.000

Deuda Pública

1.085.586.712.000

Tres. En el Presupuesto de Acciones Conjuntas España-Comunidades Europeas se prevén unos ingresos por un importe de 342.582 millones de pesetas, de los cuales 214.236.550.000 pesetas serán aportados por los Presupuestos de la Comunidad Económica Europea, y unos gastos por idéntica cuantía.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1987-01-13.

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