Artículo 1. Objeto de la ley y ámbito de aplicación.
Artículo 1 de la Ley 2/2014, de 13 de junio, de Puertos de la Generalitat. · BOE-A-2014-7141
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-19.
Texto consolidado
1. La presente ley tiene por objeto establecer la organización portuaria de la Generalitat y regular la planificación, la construcción, la gestión, la explotación y la disciplina en materia de puertos de conformidad con lo dispuesto en el Estatut d’Autonomia.
2. En el ámbito de las competencias de la Generalitat, la presente ley es de aplicación:
a) A los puertos y marinas interiores.
b) A las instalaciones marítimas y de acceso al mar.
c) Al transporte marítimo de cabotaje de competencia autonómica.