Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 de la Ley 17/2014, de 23 de diciembre, de representatividad de las organizaciones profesionales agrarias. · BOE-A-2015-468
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-12-31.
Texto consolidado
1. El objeto de la presente ley es determinar la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias ante la Administración de la Generalidad y de su sector público.
2. Las organizaciones profesionales agrarias más representativas tienen la representatividad institucional en el ámbito de la Administración de la Generalidad y de su sector público.