Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 de la Ley 11/2010, de 16 de noviembre, de pesca y acuicultura de Extremadura. · BOE-A-2010-19048
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-02-19.
Texto consolidado
1. La presente Ley tiene por objeto regular la pesca y la acuicultura en la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como el fomento, la protección, la conservación, el ordenado aprovechamiento de los recursos piscícolas en todos los cursos y masas de aguas situados en su ámbito territorial y la formación de los pescadores.
2. Asimismo es objeto de esta Ley el desarrollo y ordenado aprovechamiento de la acuicultura y de sus producciones.
3. Igualmente es objeto de esta Ley el fomento de la pesca deportiva y la eficaz protección de los ecosistemas donde se desarrolla esta actividad.