Artículo 1. Naturaleza.
Artículo 1 de la Ley 11/2009, de 30 de diciembre, de la Cámara de Cuentas de Aragón. · BOE-A-2010-2162
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-01-20.
Texto consolidado
1. La Cámara de Cuentas de Aragón es el órgano al que corresponde la fiscalización externa de la gestión económico-financiera, contable y operativa del sector público de Aragón.
2. La Cámara de Cuentas dependerá directamente de las Cortes de Aragón y ejercerá sus funciones por delegación de éstas.
3. La Cámara de Cuentas, en el ejercicio de sus funciones, actuará con plena independencia de los entes sujetos a su fiscalización, con sometimiento pleno a la Constitución, al Estatuto de Autonomía de Aragón y al resto del ordenamiento jurídico.