Artículo 1. Subvenciones para compensar las pérdidas por cancelación de espectáculos y actividades culturales con motivo de la COVID-19.
Artículo 1 del Decreto-ley 38/2020, de 3 de noviembre, por el cual se adoptan medidas en el ámbito cultural para paliar los efectos de la crisis generada por la pandemia de la COVID-19. · BOE-A-2020-16969
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-11-05.
Texto consolidado
1. Se crea una línea de subvenciones para contribuir económicamente a compensar la reducción de ingresos correspondientes a los espectáculos y actividades culturales canceladas por la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
2. Estas subvenciones se rigen por estas bases específicas y por las bases generales que constan en el anexo del Acuerdo del Consejo de Administración de la Oficina de a la Iniciativa Cultural de 6 de febrero de 2017, publicado mediante la Resolución CLT/232/2017, de 7 de febrero, modificadas por los acuerdos del Consejo de Administración de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural adoptados en las sesiones del 28 de noviembre del 2017 (Resolución CLT/2804/2017, de 30 de noviembre), del 19 de febrero del 2018 (Resolución CLT/373/2018, de 28 de febrero) y del 28 de noviembre del 2018 (Resolución CLT/2843/2018, de 30 de noviembre).