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Decreto Legislativo Derogada 4 redacciones

Artículo 1. Escala autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Artículo 1 del Decreto Legislativo 1/2013, de 21 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado. · BOE-A-2013-7871

Atención: Decreto Legislativo 1/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La escala autonómica en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas será la siguiente:

Base liquidable hasta

Cuota íntegra

Resto base liquidable

Tipo

0,00

0,00

12.450,00

10,50 %

12.450,00

1.182,75

7.750,00

12,50 %

20.200,00

2.151,50

4.000,00

15,50 %

24.200,00

2.771,50

11.000,00

16,50 %

35.200,00

4.586,50

24.800,00

20,50 %

60.000,00

9.670,50

20.200,00

23,50 %

80.200,00

14.417,50

19.000,00

24,00 %

99.200,00

18.977,50

21.000,00

24,50 %

120.200,00

24.122,50

En adelante.

25,00 %

Esta modificación es aplicable a los hechos imponibles que se devenguen desde el 1 de enero de 2015, según se establece en la disposición final 5.a) de la citada Ley.

Esta modificación es aplicable a los hechos imponibles que se devenguen desde el 1 de enero de 2013, según se establece en la disposición final 4.a) de la citada Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2018-1918.

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