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Real Decreto Vigente

Art. 85. Control del personal.

Art 85 del Real Decreto 145/1989, de 20 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de Admisión, Manipulación y Almacenamiento de Mercancías Peligrosas en los Puertos. · BOE-A-1989-3496

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-05-13.

Texto consolidado

85.1 La exposición a las radiaciones del personal encargado de transporte y almacenamiento de estas mercancías se controlará de manera que ninguna de estas personas pueda recibir una dosis superior a 0,5 rems al año.

85.2 Todo el personal encargado de la manipulación, transporte o almacenamiento recibirá instrucciones precisas sobre los riesgos que entraña su trabajo y las precauciones que deben observar.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1989-05-13.

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