Art. 8.º
Art 8 del Real Decreto 2772/1978, de 29 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de España y de su Consejo General. · BOE-A-1978-29483
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1978-12-21.
Texto consolidado
La Asamblea general será presidida por el Presidente del Colegio, y actuará de Secretario el que lo sea de éste, quien levantará acta de la reunión copia de la cual se remitirá, a titulo informativo, al Consejo General.
Las reuniones de la Asamblea general deberán ser anunciadas por escrito y mediante notificación individual, con quince días de antelación, como mínimo, especificando los motivos de la reunión y el orden del día.