El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 7.

Art 7 del Real Decreto 1310/1990, de 29 de octubre, por el que se regula la utilización de los lodos de depuración en el sector agrario. · BOE-A-1990-26490

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-11-02.

Texto consolidado

1. Las Comunidades Autónomas controlarán el cumplimiento, por los titulares de las estaciones depuradoras de aguas residuales y por los usuarios de los lodos tratados destinados a la actividad agraria, de lo establecido en la presente disposición.

2. Las Comunidades Autónomas suministrarán al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, la información necesaria sobre la utilización de los lodos tratados destinados a la actividad agraria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1990-11-02.

Más artículos de Real Decreto 1310/1990

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1310/1990 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.