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Orden Anulada

Art. 68.

Art 68 de la Orden de 10 de abril de 1980 por la que se aprueba el Reglamento para el Suministro y Venta de Carburantes y Combustibles Líquidos objeto del Monopolio de Petróleos. · BOE-A-1980-8656

Atención: BOE-A-1980-8656 está anulada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La venta de combustibles y carburantes procedentes de envases podrá realizarse por los expendedores especialmente autorizados a este fin.

Al solicitar el nombramiento de expendedor para realizar ventas de productos procedentes de envases, deberá el peticionario hacer constar las circunstancias particulares que en él concurren y que deben estimarse favorables para la mayor eficacia de su actuación, acompañando certificación acreditativa del probable consumo local expedida por el Ayuntamiento:

Las peticiones recibidas serán examinadas por CAMPSA, que las trasladará, acompañadas de su propuesta a la Delegación del Gobierno para su resolución. Este Centro podrá, en cualquier momento, decretar el cese de la venta de productos precedentes de envases, sin derecho a indemnización, por parte de las personas autorizadas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1980-04-25.

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