Art. 61. Grado de llenado.
Art 61 del Real Decreto 145/1989, de 20 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de Admisión, Manipulación y Almacenamiento de Mercancías Peligrosas en los Puertos. · BOE-A-1989-3496
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-05-13.
Texto consolidado
El grado de llenado de cada envase debe responder a cuanto específica el Código IMDG para líquidos inflamables.