Art. 6.
Art 6 de la Orden de 6 de abril de 1983 por la que se dictan normas a efectos de control de la situación de Incapacidad Laboral Transitoria en el sistema de la Seguridad Social. · BOE-A-1983-10528
Atención: BOE-A-1983-10528 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Empresa comprobará que el número de afiliación del trabajador consignado por el facultativo en los partes de baja, confirmación o continuación de la incapacidad y alta concuerda con el que figura en el documento de afiliación del trabajador modelo A-1, procediendo a rectificarlo en el caso de ser erróneo, o a consignarlo nuevamente cuando resulte ilegible.