Art. 49. Consejo General.
Art 49 del Real Decreto 2772/1978, de 29 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de España y de su Consejo General. · BOE-A-1978-29483
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-04-09.
Texto consolidado
El Consejo General es el órgano superior representativo y coordinador de los Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de España. Tiene a todos los efectos la condición de Corporación de Derecho Público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Goza de exclusividad para asumir la representación corporativa de los Ingenieros Técnicos Agrícolas, así como de la profesión.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1999-7862.
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