Art. 45. Correspondencia entre infracciones y sanciones.
Art 45 del Real Decreto 2772/1978, de 29 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de España y de su Consejo General. · BOE-A-1978-29483
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-04-09.
Texto consolidado
A las infracciones leves corresponderán las sanciones 1.ª a 2.ª A las infracciones graves las sanciones 3.ª a 5.ª Y a las muy graves las sanciones 6.ª y 7.ª
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1999-7862.