Art. 4.º
Art 4 del Real Decreto 773/1989, de 23 de junio, por el que se regulan aspectos formales de los sorteos a celebrar por el Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado. · BOE-A-1989-14729
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-06-28.
Texto consolidado
Se autoriza al Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado, para que con cargo a sus gastos comerciales, y hasta un máximo del 0,5 por 100 del importe de la emisión del correspondiente sorteo, contribuya a constituir una dotación, con destino a la institución benéfica, de carácter social o cultural de reconocido prestigio, que se determine de común acuerdo con los países participantes en el sorteo, o por el Ministerio de Economía y Hacienda, previa consulta al Ministerio competente.