Art. 4.
Art 4 del Real Decreto 260/1986, de 17 de enero, por el que se crea la representación permanente de España ante las Comunidades Europeas. · BOE-A-1986-3946
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-12-23.
Texto consolidado
1. El nombramiento y cese del personal de la representación permanente que posea la calidad de personal diplomático se hará, en régimen de libre designación, por el Ministerio de Asuntos Exteriores, a propuesta de los Departamentos interesados, oídos la Comisión Interministerial de Asuntos de la Unión Europea y el Embajador representante permanente.
2. El personal no diplomático se nombrara por el Ministerio de Asuntos Exteriores a propuesta de los Ministerios interesados.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1995-27558.