Art. 4. Ingredientes.
Art 4 del Real Decreto 1338/1988, de 28 de octubre, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la Elaboración y Venta de Horchata de Chufa. · BOE-A-1988-25809
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-11-30.
Texto consolidado
En la preparación de las horchatas de chufa se autoriza el empleo de:
Chufa.
Agua potable.
Azúcar, azúcares.
En todo caso, estos ingredientes cumplirán los requisitos que les exigen sus reglamentaciones específicas, si las hubiera, o en su defecto el código alimentario español.