Art. 358.
Art 358 del Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada. · BOE-A-1984-12106
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-05-31.
Texto consolidado
Veinte minutos antes de la hora del izado se tocará «Asamblea». La guardia entrante formará a babor, en el combés o lugar designado, con el armamento y uniformidad ordenados.