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Real Decreto Vigente

Art. 34.

Art 34 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos. · BOE-A-1983-20906

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1983-07-30.

Texto consolidado

La jornada de trabajo subterránea se verá reducida seis horas diarias cuando concurran circunstancias de especial penosidad, derivadas de condiciones anormales de temperatura, humedad o como consecuencia del esfuerzo suplementario derivado de la posición inhabitual del cuerpo al trabajar.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1983-07-30.

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