Art. 22.
Art 22 del Decreto 2718/1973, de 19 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Mutualidad Notarial. · BOE-A-1973-1530
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1973-11-27.
Texto consolidado
Los Notarios causarán a su fallecimiento pensión de viudedad, de orfandad o en favor de sus padres en los términos que se establecen en los artículos siguientes.