Art. 20. Alcance de los certificados.
Art 20 del Real Decreto 116/1992, de 14 de febrero, sobre representación de valores por medio de anotaciones en cuenta y compensación y liquidación de operaciones bursátiles. · BOE-A-1992-4036
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-03-11.
Texto consolidado
1. Los certificados a los que hace referencia el artículo precedente no conferirán más derechos que los relativos a la legitimación.
2. Serán nulos los actos de disposición que tengan por objeto los certificados.