Art. 20. Comisión de extensión educativa y cultural.
Art 20 de la Orden 80/1993, de 29 de julio, sobre organización y funciones de los Centros docentes de la Enseñanza Militar de Formación. · BOE-A-1993-20714
Atención: Orden 80/1993 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En cada Centro se constituirá una comisión de la Junta de Profesores que, bajo la presidencia del Director o del Subdirector en quien delegue, se ocupará de informar o elaborar propuestas sobre las siguientes materias:
1. Actividades complementarias o extraescolares de los Profesores y alumnos, con indicación de las personas más adecuadas para encargarse, durante el curso académico, de actividades tales como seminarios, conferencias, debates, visitas a Centros, instituciones o Entidades o instalaciones de interés científico, tecnológico, cultural o profesional, cine, teatro, música, deportes y cuantas otras de análogo carácter entienda la comisión, por sí o a instancia de los departamentos, Profesores o alumnos, que deban celebrarse en el Centro o en otros lugares, o a las que sea conveniente la asistencia o participación de Profesores o alumnos del Centro.
2. Acciones del Centro que contribuyan, dentro de su ámbito de relación, a la educación, a la cultura y al conocimiento de las Fuerzas Armadas y de la Defensa Nacional.
3. Proyección de las materias de estudio e investigaciones específicas del Centro, a otros Centros, organismos o unidades del Ministerio de Defensa.
4. Formación, funcionamiento, ampliación y mejora de la biblioteca y otros conjuntos de medios de transmisión de la ciencia y la cultura, con que sea preciso o aconsejable que cuente el Centro.