Art. 2.º
Art 2 de la Orden de 26 de enero de 1979 por la que se establecen las condiciones de pago del precio aplazado y la renta de las viviendas de promoción pública del Instituto Nacional de la Vivienda. · BOE-A-1979-3280
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-02-03.
Texto consolidado
La renta máxima inicial anual por metro cuadrado de superficie útil de una vivienda de promoción publica propiedad del Instituto Nacional de la Vivienda será el 3 por 100 del precio de venta de la vivienda en el momento de celebración del contrato de arrendamiento.