Artículo 1.º
Artículo 1 de la Orden de 26 de enero de 1979 por la que se establecen las condiciones de pago del precio aplazado y la renta de las viviendas de promoción pública del Instituto Nacional de la Vivienda. · BOE-A-1979-3280
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-02-03.
Texto consolidado
La parte del precio aplazado de las viviendas de promoción pública propiedad del Instituto Nacional de la Vivienda devengará el 5 por 100 de interés anual y se satisfará mediante el pago de cuotas de amortización crecientes en un 1 por 100 cada doce mensualidades consecutivas.