Art. 2.º Naturaleza y gestión.
Art 2 de la Orden de 13 de enero de 1989, sobre centros de acogida a refugiados. · BOE-A-1989-2449
Atención: BOE-A-1989-2449 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los Centros de Acogida a Refugiados y Asilados se configuran como Centros Estatales cuya gestión, de carácter centralizado, se atribuye al Instituto Nacional de Servicios Sociales.