Art. 19.
Art 19 de la Orden de 24 de septiembre de 1982 por la que se aprueba el Reglamento que establece las Ordenanzas de la Real Orden del Mérito Deportivo. · BOE-A-1982-24930
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-09-27.
Texto consolidado
Los titulares de la Gran Cruz tendrán el tratamiento de Excelentísimo señor los de Medalla de Oro, de Ilustrísimo señor- los de Medalla de Plata de Señoría.
Cuando la distinción sea la Medalla de Bronce o corresponda a personas jurídicas, Organismos o Entidades, no existirá tratamiento especial.