Art. 19.
Art 19 de la Ley 7/1990, de 11 de abril, de Bibliotecas y Patrimonio Bibliográfico de la Región de Murcia. · BOE-A-1990-17098
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-05-23.
Texto consolidado
Corresponde a la Consejería de Cultura, Educación Y Turismo, según lo dispuesto en la Ley de Patrimonio Histórico Español, la incoación de los expedientes de propuesta de inclusión en el Inventario General de Bienes Muebles de aquellos bienes integrantes del patrimonio bibliográfico de la Región de Murcia de singular relevancia. Asimismo llevará a cabo, en colaboración con el Ministerio de Cultura, la elaboración del Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico, que recogerá la información básica de los bienes declarados como integrantes que radican en la Región de Murcia.