Art. 17.
Art. 17 de la Ley 8/1984, de 4 de diciembre, por la que se regulan los símbolos de la Comunidad Valenciana y su utilización. · BOE-A-1985-1806
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-12-13.
Texto consolidado
El Emblema de la Generalidad Valenciana no podrá utilizarse fuera de los supuestos contemplados en el artículo anterior.