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Decreto Derogada

Art. 143.

Art 143 del Decreto 1506/1967, de 30 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de las Bolsas de Comercio. · BOE-A-1967-11492

Atención: Decreto 1506/1967 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los Agentes de Cambio y Bolsa al proponer cualquier operación, bien sea de contado o a plazo, lo harán en voz alta, con la salvedad a que se hace referencia en los artículos 145 y 158 de este Reglamento, manifestando:

a) Clase de valor.

b) Cantidad.

c) Condiciones.

d) Cambio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1967-08-04.

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