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Real Decreto Vigente

Art. 14.

Art 14 del Real Decreto 382/1986, de 10 de febrero, por el que se crea, organiza y regula el funcionamiento del Registro de Entidades Locales. · BOE-A-1986-4878

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-11-28.

Texto consolidado

La Dirección General de Régimen Jurídico facilitará al Instituto Geográfico Nacional y al Instituto Nacional de Estadística todos aquellos datos del Registro de Entidades Locales que dichos Institutos puedan precisar para el desarrollo de sus actividades.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1990-11-28.

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