Art. 13.
Art 13 del Real Decreto 382/1986, de 10 de febrero, por el que se crea, organiza y regula el funcionamiento del Registro de Entidades Locales. · BOE-A-1986-4878
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-11-28.
Texto consolidado
Por parte de la Dirección General de Régimen Jurídico se establecerán los oportunos mecanismos de colaboración a fin de intercambiar los datos del Registro con los correspondientes de las Comunidades Autonomas.