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Decreto Derogada

Art. 139.

Art 139 del Decreto 1506/1967, de 30 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de las Bolsas de Comercio. · BOE-A-1967-11492

Atención: Decreto 1506/1967 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Agente de Cambio y Bolsa requerido para intervenir en una operación de Bolsa al contado, no podrá negarse a ello, pero tendrá derecho, antes de toda negociación, a exigir al requirente, bien a iniciativa propia, bien por acuerdo de la Junta Sindical, además de la orden por escrito, los efectos objeto de ésta o los fondos destinados a pagar su importe.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1967-08-04.

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