Art. 13. Actuaciones relativas a posibles delitos contra la Hacienda Pública.
Art 13 de la Orden de 19 de septiembre de 1986 por la que se desarrolla el Reglamento General de la Inspección de los Tributos en el ámbito de las competencias de la Dirección General de Aduanas e Impuestos Especiales. · BOE-A-1986-25705
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-09-29.
Texto consolidado
Cuando por los actuarios se aprecie la existencia de hechos que pudieran ser constitutivos de un delito contra la Hacienda Pública lo pondrán inmediatamente en conocimiento del Inspector-Jefe remitiéndole lo actuado, quien ordenará realizar las investigaciones que considere oportunas para completar el expediente. Completado éste, se procederá por el Inspector-Jefe de conformidad con lo establecido en el artículo 66 del Reglamento General de la Inspección de tos Tributos. El Inspector-Jefe podrá apreciar directamente la existencia de tales hechos.
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