Artículo 12.
Art 12 del Real Decreto 104/1988, de 29 de enero, sobre homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no universitaria. · BOE-A-1988-3987
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-03-08.
Texto consolidado
Contra las resoluciones dictadas en materia de homologación o convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no universitaria, podrán los interesados interponer los recursos administrativos y jurisdiccionales que legalmente procedan.