Art. 111.
Art 111 del Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada. · BOE-A-1984-12106
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-05-31.
Texto consolidado
Antes de tomarse el descanso necesario, anotará en el libro de Ordenes del Comandante las instrucciones para el Oficial de Guardia, cubriendo las contingencias previsibles y señalando los casos en que debe ser avisado.