Art. 11.
Art 11 del Real Decreto 2492/1983, de 29 de junio, por el que se regula la intervención administrativa del Estado sobre el nitrato amónico de «grado explosivo». · BOE-A-1983-25049
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-03-19.
Texto consolidado
La exportación de nitrato amónico de «grado explosivo» será autorizada por el Ministerio de Economía y Hacienda, previo informe favorable del Ministerio de Industria y Energía.
Una copia de la licencia de exportación se remitirá a la Intervención de Armas de la Aduana de salida, quien controlará que la mercancía se exporta en la forma autorizada.