Art. 109.
Art 109 de la Orden de 28 de febrero de 1974 por la que se aprueba el Reglamento de la Mutualidad Nacional de Enseñanza Primaria. · BOE-A-1974-494
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1974-03-23.
Texto consolidado
1. La Mutualidad Nacional de Enseñanza Primaria formulará en el último trimestre el Presupuesto General de Ingresos y Gastos de Administración para el año siguiente.
2. En el primer semestre de cada año se formulará la correspondiente Memoria y balance del ejercicio anterior, que se pondrá a disposición de los Censores de Cuentas de la Junta Nacional con una anticipación mínima de quince días anteriores a la consideración de los mismos por la Junta Nacional.