Art. 10 bis. Consejeros o consejeras.
Art 10 bis de la Ley 6/1985, de 24 de junio, del Consejo de Cuentas. · BOE-A-1985-18554
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-08-29.
Texto consolidado
Los consejeros o consejeras son los competentes para dirigir la actividad fiscalizadora correspondiente al departamento sectorial al que hayan sido adscritos por el Pleno del Consejo y del cual serán responsables