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Orden Vigente

Aprobación de los horarios

Aprobación de los horarios de la Orden de 29 de junio de 1994 por la que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de las escuelas de educación infantil y de los colegios de educación primaria. · BOE-A-1994-15723

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-07-07.

Texto consolidado

84. La aprobación provisional de los horarios de los Maestros corresponde al Director del centro y la definitiva al Director provincial, previo informe del Servicio de Inspección, que en todo caso verificará la aplicación de los criterios establecidos en las presentes Instrucciones. A tales efectos, el Director del centro remitirá los horarios a la Dirección Provincial antes del comienzo de las actividades lectivas. La Dirección Provincial resolverá en un plazo de veinte días a partir de la recepción de los citados horarios y, en su caso, adoptará las medidas oportunas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1994-07-07.

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