Apartado 1. Objeto.
Apartado 1 de la Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, por la que se regula el control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida. · BOE-A-2020-2573
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-10-24.
Texto consolidado
Constituye el objeto de este anexo la regulación del control metrológico del Estado de los medidores de sonido audible, denominados en adelante sonómetros, los medidores personales de exposición sonora, así como los calibradores acústicos que con ellos se utilicen.
Más artículos de Orden ICT/155/2020
- ← Apartado 6. Ensayos y errores máximos permitidos en la verificación después de reparación o modificación y en la veri…
- → Apartado 2. Fases del control metrológico del Estado.
- Ver la norma completa: Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, por la que se regula el control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida.