3. Justificación de la enfermedad durante el estado de alarma.
3. Justificación de la enfermedad durante el estado de alarma. de la Resolución de 13 de abril de 2020, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se garantiza durante el estado de alarma la continuidad del abono del subsidio por incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural de los mutualistas. · BOE-A-2020-4449
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-04-16.
Texto consolidado
El parte (de baja y confirmación) acredita tanto la existencia de un proceso patológico que incapacita temporalmente al mutualista, como que se recibe la asistencia sanitaria por MUFACE. Pero también justifica la ausencia al trabajo, asesora a los órganos de personal y constituye la solicitud de la licencia por enfermedad, el documento que valida la situación de IT. El parte de alta, acredita las circunstancias que ponen fin al proceso.
Siempre que sea posible, porque las condiciones sanitarias durante el estado de alarma lo permitan, debe tener lugar el reconocimiento médico previo a la expedición del parte y su tramitación por el mutualista ante el órgano de personal.
Si no puede recibirse la atención sanitaria, ni siquiera recurriendo a alternativas de telemedicina, y como consecuencia de ello, no puede disponerse del parte, el mutualista lo pondrá en conocimiento de su órgano de personal de forma inmediata mediante una declaración responsable con la que quedará justificada la ausencia al trabajo, sin perjuicio de la obligación de aportar el parte cuando sea posible.
En la declaración el mutualista hará constar, bajo su responsabilidad, que padece una patología por diagnosticar por la que no puede prestar servicios (para un parte inicial) o que no le es posible acudir a reconocimiento médico del proceso patológico que viene padeciendo (para el parte de confirmación o alta), la causa que le impide obtener el parte y el compromiso de aportarlo tan pronto como pueda ser atendido por un médico y, en todo caso, tras la conclusión del estado de alarma.
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- → 4. Alcance de la medida de mantener el 100 % de las retribuciones más allá del día 91.º de la IT.
- Ver la norma completa: Resolución de 13 de abril de 2020, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se garantiza durante el estado de alarma la continuidad del abono del subsidio por incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural de los mutualistas.