Resolución de 21 de febrero de 1996, de la Secretaría de Estado de Interior, disponiendo la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se aprueba la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo Volcánico.
BOE-A-1996-4996 · Boletín Oficial del Estado, 1996-03-04 · Ministerio de Justicia e Interior
BOE-A-1996-4996 está derogada desde el 2026-10-11: ya no está en vigor.
Resumen
Esta norma regula la planificación de la Protección Civil en España ante el riesgo volcánico, estableciendo directrices básicas para la elaboración de planes específicos. Aplica principalmente a las administraciones públicas, especialmente en la Comunidad Autónoma de Canarias, donde se localizan los riesgos volcánicos, y se implementa desde su aprobación en 1996.
Entre los puntos clave, se establece la creación de un Comité Estatal de Coordinación (CECO) que coordinará las medidas de intervención y movilización de recursos en caso de emergencias volcánicas. Además, se exige que los planes de emergencia incluyan protocolos específicos para garantizar la asistencia a personas con discapacidad y otros colectivos vulnerables, así como programas de información y alerta accesibles para la población. También se contempla la necesidad de un Plan Estatal que asegure la respuesta eficaz de las administraciones ante crisis volcánicas, incluyendo mecanismos de coordinación y apoyo a los planes de la Comunidad Autónoma. Esta norma no está derogada y sigue vigente en su aplicación.
Datos clave
- Rango
- Resolución
- Fecha de la disposición
- 1996-02-21
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 55, 1996-03-04
- Entrada en vigor
- 1996-03-24
- Departamento
- Ministerio de Justicia e Interior
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2026-10-11
- Consolidado actualizado
- 2026-10-13
- Artículos
- 6
- Identificador BOE
- BOE-A-1996-4996
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Por el Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, se aprobó la Norma Básica de Protección Civil, prevista en el artículo 8 de la Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre Protección Civil.
En la citada Norma Básica se dispone que serán objeto de Planes Especiales, entre otras, las emergencias por riesgo volcánico y que estos Planes serán elaborados de acuerdo con la correspondiente Directriz Básica, la cual habrá de ser aprobada por el Gobierno y deberá establecer los requisitos mínimos sobre organización, criterios operativos, medidas de intervención e instrumentos de coordinación que deben cumplir dichos Planes.
En su virtud, previo informe de la Comisión Nacional de Protección Civil, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del 19 de enero de 1996,
Índice del articulado
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-1996-4996?
- BOE-A-1996-4996 está derogada desde el 2026-10-11: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a BOE-A-1996-4996?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-1996-4996?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.