Resolución de 21 de diciembre de 2005, de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos y Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dictan criterios de actuación en materia de suspensión de la ejecución de los actos impugnados mediante recursos y reclamaciones y de relación entre los Tribunales Económico-Administrativos y la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
BOE-A-2006-70 · Boletín Oficial del Estado, 2006-01-03 · Ministerio de Economía y Hacienda
BOE-A-2006-70 está derogada desde el 2025-10-07: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Resolución
- Fecha de la disposición
- 2005-12-21
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 2, 2006-01-03
- Entrada en vigor
- 2006-01-03
- Departamento
- Ministerio de Economía y Hacienda
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2025-10-07
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 10
- Identificador BOE
- BOE-A-2006-70
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Resolución, de 1 de junio de 1996, de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria por la que se dictan instrucciones en materia de suspensión de la ejecución de los actos impugnados en vía administrativa, contiene las instrucciones para la aplicación de lo dispuesto en los artículos 75 y 76 del anteriormente vigente Reglamento de Procedimiento en las Reclamaciones Económico-Administrativas, aprobado por Real Decreto 391/1996, de 1 de marzo, en lo que se refiere a suspensión de la ejecución de los actos impugnados.
Índice del articulado
- Primero. Contenido y ámbito de aplicación.
- Segundo. Interposición de las reclamaciones económico-administrativas.
- Tercero. Suspensión de la ejecución de los actos objeto de recurso de reposición.
- Cuarto. Suspensión de la ejecución de los actos objeto de reclamación económico-administrativa.
- Quinto. Custodia de las garantías.
- Sexto. Suspensión de la ejecución de los actos de imposición de sanciones tributarias por la interposición de recurso de reposición o reclamación económico-administrativa.
- Séptimo. Ejecución de resoluciones y sentencias.
- Octavo. Informatización de las relaciones entre los Tribunales Económico-Administrativos y la AEAT.
- Noveno. Efecto de la entrada en funcionamiento de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes.
- Décimo. Efectos de la publicación de la presente Resolución.
Normas que la modifican o afectan (1)
Normas a las que afecta (1)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-2006-70?
- BOE-A-2006-70 está derogada desde el 2025-10-07: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a BOE-A-2006-70?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-2006-70?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.