Real Decreto-ley 9/2014, de 4 de julio, por el que se establecen las normas de calidad y seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos y se aprueban las normas de coordinación y funcionamiento para su uso en humanos.
BOE-A-2014-7065 · Boletín Oficial del Estado, 2014-07-05 · Jefatura del Estado
Real Decreto-ley 9/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto-ley 9/2014
- Fecha de la disposición
- 2014-07-04
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 163, 2014-07-05
- Entrada en vigor
- 2014-07-05
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 49
- Identificador BOE
- BOE-A-2014-7065
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Gratuidad y carácter no lucrativo.
- Artículo 4. Promoción y publicidad.
- Artículo 5. Educación y formación.
- Artículo 6. Confidencialidad.
- Artículo 7. Donación y obtención de células y tejidos en donantes vivos.
- Artículo 8. Donación y obtención de tejidos y células en donantes fallecidos.
- Artículo 9. Autorización de actividades en los centros y unidades de obtención de células y tejidos.
- Artículo 10. Selección y evaluación del donante.
- Artículo 11. Procedimiento de obtención.
- Artículo 12. Empaquetado, etiquetado y transporte hasta el establecimiento de tejidos.
- Artículo 13. Sistema de recogida y custodia de la información.
- Artículo 14. Autorización de actividades en los establecimientos de tejidos.
- Artículo 15. Condiciones generales de funcionamiento de los establecimientos de tejidos.
- Artículo 16. Gestión de calidad.
- Artículo 17. Responsable técnico y personal adscrito.
- Artículo 18. Recepción de células y tejidos.
- Artículo 19. Procesamiento de células y tejidos.
- Artículo 20. Almacenamiento de células y tejidos.
- Artículo 21. Etiquetado, documentación y acondicionamiento.
- Artículo 22. Distribución de células y tejidos.
- Artículo 23. Importación y exportación de células y tejidos.
- Artículo 23 bis. Autorización de actividades de los establecimientos de tejidos importadores.
- Artículo 23 ter. Acuerdos escritos con proveedores de terceros países.
- Artículo 24. Relaciones entre los establecimientos de tejidos y terceros.
- Artículo 25. Sistema de recogida y custodia de la información.
- Artículo 26. Autorización de la aplicación de células y tejidos en centros o unidades de aplicación.
- Artículo 27. Acceso a las células y tejidos y condiciones generales de aplicación.
- Artículo 28. Sistema de recogida y custodia de la información.
- Artículo 29. Investigación clínica.
- Artículo 30. Registro de centros y unidades de obtención y aplicación de tejidos humanos y de establecimientos de tejidos.
- Artículo 31. Registro de donantes de progenitores hematopoyéticos.
- Artículo 32. Sistema de información general.
- Artículo 33. Trazabilidad.
- Artículo 34. Sistema europeo de codificación.
- Artículo 34 bis. Obligaciones de los establecimientos de tejidos relativas a la aplicación del código único europeo.
- Artículo 34 ter. Actuaciones de las autoridades competentes relativas a la aplicación del código único europeo.
- Artículo 35. Sistema de biovigilancia.
- Artículo 36. Inspección y evaluación.
- Artículo 36 bis. Inspección y otras medidas de control sobre establecimientos de tejidos importadores y proveedores de terceros países.
- Artículo 37. Evaluación y acreditación de excelencia de centros y servicios.
- Artículo 38. Infracciones y sanciones.
- Disposición transitoria única. Retroactividad de la norma.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Incorporación de derecho de la Unión Europea.
- Disposición final tercera. Facultad de desarrollo y modificación.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (5)
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto-ley 9/2014?
- Real Decreto-ley 9/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto-ley 9/2014?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto-ley 9/2014?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.