Real Decreto 89/2001, de 2 de febrero, por el que se regula la asignación de puestos de trabajo a determinados funcionarios del Cuerpo Especial y del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias por razones de edad.
BOE-A-2001-3129 · Boletín Oficial del Estado, 2001-02-15 · Ministerio de Administraciones Públicas
Real Decreto 89/2001 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Resumen
El Real Decreto 89/2001 regula la asignación de puestos de trabajo a funcionarios del Cuerpo Especial y del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias por razones de edad. Esta norma aplica a funcionarios que ocupan puestos en el área de vigilancia y que hayan cumplido 57 años, estableciendo un marco para su reubicación en funciones más adecuadas a su capacidad.
Los puntos clave incluyen que los funcionarios pueden solicitar un cambio de puesto si cumplen con requisitos de edad y antigüedad en el servicio. Se especifica que los nuevos puestos deben estar en la misma localidad del centro penitenciario, y los funcionarios que cambien de puesto mantendrán un complemento personal para asegurar que sus retribuciones totales sean equivalentes a las del puesto anterior, hasta los 65 años. Además, el procedimiento de asignación se inicia a solicitud del interesado y debe realizarse con seis meses de antelación. Por último, los funcionarios que sean reubicados no podrán participar en concursos para puestos en el área de vigilancia. Esta norma no está derogada.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 89/2001
- Fecha de la disposición
- 2001-02-02
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 40, 2001-02-15
- Entrada en vigor
- 2001-03-07
- Departamento
- Ministerio de Administraciones Públicas
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 8
- Identificador BOE
- BOE-A-2001-3129
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El modelo penitenciario español requiere una vigilancia activa del personal para la consecución de una convivencia ordenada y pacífica en los establecimientos penitenciarios que permita alcanzar el ambiente adecuado para el éxito del tratamiento y la retención y custodia de los reclusos.
Las funciones atribuidas al personal de vigilancia del Cuerpo Especial y del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias conllevan contacto directo con la población reclusa y la realización de un régimen horario que abarca las veinticuatro horas del día en diferentes turnos y requieren unas condiciones psicofísicas que pueden ir disminuyendo con la edad.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Requisitos.
- Artículo 3. Determinación de los puestos de trabajo.
- Artículo 4. Retribuciones.
- Artículo 5. Procedimiento.
- Artículo 6. Participación en procedimientos de provisión de puestos de trabajo mediante concurso.
- Disposición final primera. Normas supletorias.
- Disposición final segunda. Autorización al Ministro del Interior.
Normas a las que afecta (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social. |
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 89/2001?
- Real Decreto 89/2001 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 89/2001?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.