Real Decreto 485/2017, de 12 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
BOE-A-2017-5271 · Boletín Oficial del Estado, 2017-05-13 · Ministerio de Hacienda y Función Pública
Real Decreto 485/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
Esta norma regula la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, estableciendo sus funciones y órganos directivos. Aplica a este Ministerio desde su publicación el 12 de mayo de 2017.
Entre los puntos clave, el Real Decreto define que el Ministerio es responsable de la política del Gobierno en salud, servicios sociales, inclusión social y lucha contra la violencia de género. Se reorganizan las funciones de sus órganos, como la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género, que se encarga de coordinar políticas contra la violencia hacia las mujeres. Además, se establece la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación, que supervisa la salud pública y la calidad del sistema sanitario. También se modifica el Estatuto de la Organización Nacional de Trasplantes, elevando su rango a Dirección General y facilitando su gestión.
El Real Decreto no está derogado y sigue vigente, consolidando la estructura y funciones del Ministerio en el ámbito de la salud y los servicios sociales.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 485/2017
- Fecha de la disposición
- 2017-05-12
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 114, 2017-05-13
- Entrada en vigor
- 2017-05-13
- Departamento
- Ministerio de Hacienda y Función Pública
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 28
- Identificador BOE
- BOE-A-2017-5271
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Con el objeto de impulsar los objetivos prioritarios para España, desarrollar el programa político del Gobierno y lograr la máxima eficacia en su acción y la mayor eficiencia en el funcionamiento de la Administración General del Estado, se aprobó el Real Decreto 415/2016, de 3 de noviembre, por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales, cuyo artículo 14 dispone que corresponde al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de salud, de planificación y asistencia sanitaria y de consumo, así como el ejercicio de las competencias de la Administración General del Estado para asegurar a los ciudadanos el derecho a la protección de la salud. Asimismo, le corresponde la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de cohesión e inclusión social, de familia, de protección del menor y de…
Índice del articulado
- Artículo 1. Organización general del Departamento.
- Artículo 2. Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.
- Artículo 3. La Delegación del Gobierno para la Violencia de Género.
- Artículo 4. La Dirección General de Servicios para la Familia y la Infancia.
- Artículo 5. La Dirección General de Políticas de Apoyo a la Discapacidad.
- Artículo 6. La Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.
- Artículo 7. Subsecretaría de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
- Artículo 8. Secretaría General Técnica.
- Artículo 9. Secretaría General de Sanidad y Consumo.
- Artículo 10. Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación.
- Artículo 11. Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia.
- Artículo 12. Dirección General de Ordenación Profesional.
- Disposición adicional primera. Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos.
- Disposición adicional segunda. Mesa de Coordinación de Adjudicaciones.
- Disposición adicional tercera. Suplencia de los titulares de los órganos superiores y directivos.
- Disposición adicional cuarta. Supresión de órganos.
- Disposición adicional quinta. Excepción en el nombramiento de Directores Generales.
- Disposición adicional sexta. Referencia a órganos suprimidos.
- Disposición adicional séptima. OA Instituto de Salud Carlos III.
- Disposición adicional octava. Delegación de competencias.
- Disposición adicional novena. Consolidación de las Unidades TIC.
- Disposición adicional décima. No incremento del gasto.
- Disposición transitoria única. Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a Subdirección General.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Estatuto de la Organización Nacional de Trasplantes, aprobado por Real Decreto 1825/2009, de 27 de noviembre.
- Disposición final segunda. Facultades de desarrollo.
- Disposición final tercera. Modificaciones presupuestarias.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 485/2017?
- Real Decreto 485/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 485/2017?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 485/2017?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.