Real Decreto 485/2017, de 12 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
BOE-A-2017-5271 · Boletín Oficial del Estado, 2017-05-13 · Ministerio de Hacienda y Función Pública
Real Decreto 485/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 485/2017
- Fecha de la disposición
- 2017-05-12
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 114, 2017-05-13
- Entrada en vigor
- 2017-05-13
- Departamento
- Ministerio de Hacienda y Función Pública
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 28
- Identificador BOE
- BOE-A-2017-5271
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Con el objeto de impulsar los objetivos prioritarios para España, desarrollar el programa político del Gobierno y lograr la máxima eficacia en su acción y la mayor eficiencia en el funcionamiento de la Administración General del Estado, se aprobó el Real Decreto 415/2016, de 3 de noviembre, por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales, cuyo artículo 14 dispone que corresponde al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de salud, de planificación y asistencia sanitaria y de consumo, así como el ejercicio de las competencias de la Administración General del Estado para asegurar a los ciudadanos el derecho a la protección de la salud. Asimismo, le corresponde la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de cohesión e inclusión social, de familia, de protección del menor y de…
Índice del articulado
- Artículo 1. Organización general del Departamento.
- Artículo 2. Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.
- Artículo 3. La Delegación del Gobierno para la Violencia de Género.
- Artículo 4. La Dirección General de Servicios para la Familia y la Infancia.
- Artículo 5. La Dirección General de Políticas de Apoyo a la Discapacidad.
- Artículo 6. La Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.
- Artículo 7. Subsecretaría de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
- Artículo 8. Secretaría General Técnica.
- Artículo 9. Secretaría General de Sanidad y Consumo.
- Artículo 10. Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación.
- Artículo 11. Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia.
- Artículo 12. Dirección General de Ordenación Profesional.
- Disposición adicional primera. Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos.
- Disposición adicional segunda. Mesa de Coordinación de Adjudicaciones.
- Disposición adicional tercera. Suplencia de los titulares de los órganos superiores y directivos.
- Disposición adicional cuarta. Supresión de órganos.
- Disposición adicional quinta. Excepción en el nombramiento de Directores Generales.
- Disposición adicional sexta. Referencia a órganos suprimidos.
- Disposición adicional séptima. OA Instituto de Salud Carlos III.
- Disposición adicional octava. Delegación de competencias.
- Disposición adicional novena. Consolidación de las Unidades TIC.
- Disposición adicional décima. No incremento del gasto.
- Disposición transitoria única. Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a Subdirección General.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Estatuto de la Organización Nacional de Trasplantes, aprobado por Real Decreto 1825/2009, de 27 de noviembre.
- Disposición final segunda. Facultades de desarrollo.
- Disposición final tercera. Modificaciones presupuestarias.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 485/2017?
- Real Decreto 485/2017 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 485/2017?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 485/2017?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.