Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad.
BOE-A-2005-6308 · Boletín Oficial del Estado, 2005-04-20 · Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Real Decreto 364/2005 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 364/2005
- Fecha de la disposición
- 2005-04-08
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 94, 2005-04-20
- Entrada en vigor
- 2005-04-21
- Departamento
- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 15
- Identificador BOE
- BOE-A-2005-6308
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Real Decreto 27/2000, de 14 de enero, por el que se establecen medidas alternativas de carácter excepcional al cumplimiento de la cuota de reserva del dos por ciento en favor de trabajadores discapacitados en empresas de 50 o más trabajadores, ha desarrollado reglamentariamente lo dispuesto en el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de minusválidos, que establece que las empresas públicas y privadas que empleen a 50 o más trabajadores estarán obligadas a que, al menos, el dos por ciento de éstos sean trabajadores con discapacidad, e incluye, asimismo, la posibilidad de que, excepcionalmente, los empresarios obligados al cumplimiento de la referida cuota de reserva puedan quedar exentos de esta obligación, cuando así se recoja en acuerdos dentro de una negociación colectiva sectorial de ámbito estatal o, en su defecto, de ámbito inferior, o por opción…
Índice del articulado
- Artículo 1. Cumplimiento alternativo de la obligación de reserva de plantilla en favor de los trabajadores con discapacidad. Supuestos excepcionales para la exención.
- Artículo 2. Medidas alternativas.
- Artículo 3. Determinación de las medidas alternativas que se deban adoptar.
- Artículo 4. Obligaciones de los centros especiales de empleo y de las fundaciones y asociaciones de utilidad pública.
- Artículo 5. Seguimiento.
- Artículo 6. Competencia.
- Disposición adicional primera. Cuantificación de la obligación de reserva.
- Disposición adicional segunda. Comunidades autónomas que hayan asumido el traspaso de la gestión.
- Disposición transitoria primera. Procedimientos en tramitación.
- Disposición transitoria segunda. Enclaves existentes a la entrada en vigor del Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Facultad de desarrollo y ejecución.
- Disposición final segunda. Actualización de la relación identificativa de centros especiales de empleo.
- Disposición final tercera. Habilitación competencial.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se dicta de conformidad | con el art. 2.1.c), sobre utilización de las donaciones recibidas para promoción del deporte paralímpico: Orden TAS/2787/2005, de 29 de agosto |
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 364/2005?
- Real Decreto 364/2005 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 364/2005?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 364/2005?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.